De enero a noviembre de 2023 se registraron 81 casos de abuso sexual en el municipio de San Juan del Río, cifra que representa una disminución del 17.3 por ciento en las incidencias de este delito, esto en comparación al mismo periodo de 2022, lo anterior según datos del informe del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
De acuerdo con el documento, el abuso sexual es uno de los delitos contra la libertad y la seguridad sexual que, hasta el último corte de la instancia federal, han registrado una tendencia a la baja. Según las cifras oficiales, del total de casos registrados en 11 meses de 2023, el 55.5 por ciento ocurrió durante el primer semestre del año pasado.
El Código Penal para el Estado de Querétaro establece que comete el delito de abuso sexual aquel que “sin el consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula ejecute en ella un acto sexual o la obligue a ejecutarlo”. Se agrega que la sanción será prisión de 2 a 3 años, adicional a que se impondrán de 250 a 300 días multa.
Asimismo, se puntualiza que la pena aumentará de 5 años 4 meses a 10 años y la imposición de 500 a 1000 días multa si la víctima es una “persona menor de catorce años de edad o que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo”.
Otro de los delitos contra la libertad y la seguridad sexual que ha presentado una disminución en sus incidencias es de violación, en su modalidad simple y equiparada. La información consultada señala que de enero a noviembre del año pasado se interpusieron 83 denuncias ante la Fiscalía General del Estado de Querétaro (FGE) por el delito de violación, contemplando las dos modalidades antes mencionadas.
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Del total de denuncias registradas, 60 fueron por el delito de violación simple y 23 por el delito de violación equiparada.
De acuerdo con el Código Penal para el Estado de Querétaro, la violación equiparada hace referencia a “cópula con persona menor de doce años o que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo” o bien, la introducción “por vía anal o vaginal cualquier objeto o instrumento distinto del órgano sexual masculino, sea cual fuere el sexo del ofendido, en una persona menor de doce años o que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo”.