/ viernes 27 de octubre de 2017

Tras fuerte debate en el Senado, avalan reforma a Ley Telecom

El IFT intervendrá en temas torales para beneficio de las audiencias y los consumidores

Las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes, de Radio, Televisión y Cinematografía y de estudios Legislativos, aprobaron con 72 votos a favor, tres en contra e igual número de abstenciones, la minuta que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con el objeto, según el documento, de garantizar la libertad de expresión y el derecho de las audiencias.

Sin embargo, cada concesionario deberá emitir libremente un Código de Ética y no estará sujeto a convalidación o a la revisión previa o posterior del Instituto Federal de Telecomunicaciones o de otra autoridad; y designarán libremente al defensor de la audiencia.

Los perredistas presentaron una moción suspensiva para que se regrese a comisiones, lo que no fue aceptado por la mayoría, por lo que decidieron abandonar el Salón de Plenos, al igual que el PAN y PT. Posteriormente regresaron.

La minuta tiene el propósito de centrar la actuación del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en temas torales para beneficio de las audiencias y los consumidores, y de esta manera evitar su distracción en asuntos ajenos de su objetivo que puedan ser motivo de polémica en cuanto a la libertad de expresión.

Establece que es necesario que se mantenga un marco de protección y equilibrio en el respeto a la libertad de expresión, precisar el alcance de los derechos de las audiencias en relación con esa libertad, así como establecer límites claros a la actuación del IFT.

Se argumenta que bajo las disposiciones vigentes se limita la libertad de expresión y la libertad editorial de periodistas, locutores y comunicólogos, donde los espacios noticiosos resultan ser los más afectados, pues es difícil diferenciar o dar información noticiosa sin emitir un comentario o punto de vista respecto de la noticia.

Al IFT le corresponderá ejercer las facultades de vigilancia en materia de derechos de las audiencias y, en su caso, imponer las sanciones correspondientes, así como ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que violen las normas previstas en la ley, sin que esta facultad se aplique a programas noticiosos.

La senadora del PT, Dolores Padierna denunció que es un dictamen para hacer campañas fuera de la ley, fuera de la constitución.

Elimina la prohibición absoluta del artículo 6 constitucional sobre la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa, ya que esta ley permite que se presente como información lo que en realidad es propaganda política.

“Deja desprotegidas a las audiencias, sobre todo, en programas como revistas matutinas o las emisiones de espectáculos que suelen vender entrevistas a políticos o a supuestos especialistas que recomiendan producto, sin que al público se le aclare de  qué se trata, si es un segmento pagado o no’’.

Por el PRD, la senadora Angélica de la Peña, resaltó que minuta pretende hacer nugatorio los lineamientos que en materia de defensa de las audiencias emitió el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, los cuales se publicaron en el diario oficial de la Federación en 21 de diciembre de 2016.

Además, hace nugatorios las facultades constitucionales del IFETEL para suspender precautoriamente las transmisiones que vulneren los derechos de las audiencias, particularmente las relativas a las personas con discapacidad y niñas, niños y adolescentes.

El priísta Miguel Romo Medina dijo que el Instituto podrá ejercer las facultades de vigilancia en materia de derechos de las audiencias para, en su caso, imponer las sanciones conforme a la Ley; además, se respeta el derecho de las audiencias en cuanto a que los concesionarios se abstengan de transmitir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa.

Las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes, de Radio, Televisión y Cinematografía y de estudios Legislativos, aprobaron con 72 votos a favor, tres en contra e igual número de abstenciones, la minuta que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con el objeto, según el documento, de garantizar la libertad de expresión y el derecho de las audiencias.

Sin embargo, cada concesionario deberá emitir libremente un Código de Ética y no estará sujeto a convalidación o a la revisión previa o posterior del Instituto Federal de Telecomunicaciones o de otra autoridad; y designarán libremente al defensor de la audiencia.

Los perredistas presentaron una moción suspensiva para que se regrese a comisiones, lo que no fue aceptado por la mayoría, por lo que decidieron abandonar el Salón de Plenos, al igual que el PAN y PT. Posteriormente regresaron.

La minuta tiene el propósito de centrar la actuación del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en temas torales para beneficio de las audiencias y los consumidores, y de esta manera evitar su distracción en asuntos ajenos de su objetivo que puedan ser motivo de polémica en cuanto a la libertad de expresión.

Establece que es necesario que se mantenga un marco de protección y equilibrio en el respeto a la libertad de expresión, precisar el alcance de los derechos de las audiencias en relación con esa libertad, así como establecer límites claros a la actuación del IFT.

Se argumenta que bajo las disposiciones vigentes se limita la libertad de expresión y la libertad editorial de periodistas, locutores y comunicólogos, donde los espacios noticiosos resultan ser los más afectados, pues es difícil diferenciar o dar información noticiosa sin emitir un comentario o punto de vista respecto de la noticia.

Al IFT le corresponderá ejercer las facultades de vigilancia en materia de derechos de las audiencias y, en su caso, imponer las sanciones correspondientes, así como ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que violen las normas previstas en la ley, sin que esta facultad se aplique a programas noticiosos.

La senadora del PT, Dolores Padierna denunció que es un dictamen para hacer campañas fuera de la ley, fuera de la constitución.

Elimina la prohibición absoluta del artículo 6 constitucional sobre la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa, ya que esta ley permite que se presente como información lo que en realidad es propaganda política.

“Deja desprotegidas a las audiencias, sobre todo, en programas como revistas matutinas o las emisiones de espectáculos que suelen vender entrevistas a políticos o a supuestos especialistas que recomiendan producto, sin que al público se le aclare de  qué se trata, si es un segmento pagado o no’’.

Por el PRD, la senadora Angélica de la Peña, resaltó que minuta pretende hacer nugatorio los lineamientos que en materia de defensa de las audiencias emitió el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, los cuales se publicaron en el diario oficial de la Federación en 21 de diciembre de 2016.

Además, hace nugatorios las facultades constitucionales del IFETEL para suspender precautoriamente las transmisiones que vulneren los derechos de las audiencias, particularmente las relativas a las personas con discapacidad y niñas, niños y adolescentes.

El priísta Miguel Romo Medina dijo que el Instituto podrá ejercer las facultades de vigilancia en materia de derechos de las audiencias para, en su caso, imponer las sanciones conforme a la Ley; además, se respeta el derecho de las audiencias en cuanto a que los concesionarios se abstengan de transmitir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa.

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