Tras la reforma de artículos del Código de ProcedimientosCiviles del Estado, los integrantes del Colegio de AbogadosLitigantes de Querétaro, capítulo San Juan del Río, recibieronmayor información respecto al trámite sucesorio intestamentario,con la finalidad que conozcan los procedimientos para tales efectosde manera notarial.
Carlos Andrés Ugalde Rodríguez, notario público de San Juandel Río, expuso el tema Trámites de Sucesiones Intestamentariasante notario público al gremio de la abogacía sanjuanense, yrefirió que tras la reforma al Código Civil en el estado en losúltimos meses, los notarios cuentan con la facultad de resolverasuntos de jurisdicción voluntaria, siempre y cuando no hayacontroversia al respecto entre los integrantes de las familias.
“Con las reformas que se hicieron al Código de ProcedimientosCiviles del estado, los notarios, al igual que los de otrasentidades federativas, que implemento este sistema, nosotros enQuerétaro ya tenemos la posibilidad que los notarios conozcamossiempre y cuando no haya controversia de los trámites directamenteante notario sin testamento, quiere decir juicio sucesoriointestamentario, desde la etapa de denuncia, contemplando lascuatro etapas y secciones que contempla lo que es una materia desucesiones intestamentaria”.
En su ponencia, el notario sanjuanense también comentó queahora los tiempos se pueden reducir en la resolución de lostrámites, así como la disminución de carga laboral en losjuzgados, ya que en muchos de los casos más de un año tardaban endesahogarse este tipo de asuntos.
“Esta reforma beneficia mucho a las familias por la agilidadjurídica que se puede dar, obviamente los notarios cuando no haycontroversia, el trámite es muy rápido, primero se lleva unaetapa de denuncia, que es una primera acta, se llevan a cabo lostramites y avisos de testamento si existe o no existe, pasan eseperiodo de término de avisos y ya después se viene a lo que es laformal radicación ante notario”.
Indicó que San Juan del Río cuenta con 10 notarias y una másen Tequisquiapan, por ello la buena respuesta de este trámiterecientemente reformado en el Código de Procedimientos Civiles delestado.