/ domingo 23 de abril de 2023

La mirada de Hugo Arciniega | ¿Quién es responsable del bloqueo de aceras?

Inspectores del municipio deben verificar el cumplimiento del reglamento


La movilidad peatonal en algunos puntos de Querétaro se está viendo comprometida ante la obstrucción de aceras que realizan algunos comerciantes, situación que meramente le corresponde regular al municipio.

El Reglamento para el Desarrollo de Actividades Comerciales en Vía Pública del Municipio de Querétaro, en su capítulo III, artículo 19, párrafo VII dice lo siguiente: “Queda estrictamente prohibido a los comerciantes en vía pública colocar o exhibir mercancía fuera del espacio asignado”.

Foto: Hugo Arciniega | Diario de Querétaro


De igual manera en el siguiente párrafo del artículo mencionado se hace hincapié: “Obstruir con mercancía o muebles que utilicen para el ejercicio de su actividad y sin permiso de la autoridad municipal, la vialidad, edificios públicos, construcciones privadas o locales comerciales; y las demás que establezca el presente Reglamento y disposiciones legales aplicables”.

Foto: Hugo Arciniega | Diario de Querétaro


Cabe recordar que es el área de inspectores del municipio quienes deberían verificar el cumplimiento de dicha normatividad; situación que en algunos casos no se cumple.

Foto: Hugo Arciniega | Diario de Querétaro

El riesgo de obstruir las aceras y espacios públicos no es solamente para los propios comerciantes, sino para los peatones quienes deben caminar por la zona de rodamiento para librar el obstáculo de los puestos ambulantes

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Foto: Hugo Arciniega | Diario de Querétaro


La movilidad peatonal en algunos puntos de Querétaro se está viendo comprometida ante la obstrucción de aceras que realizan algunos comerciantes, situación que meramente le corresponde regular al municipio.

El Reglamento para el Desarrollo de Actividades Comerciales en Vía Pública del Municipio de Querétaro, en su capítulo III, artículo 19, párrafo VII dice lo siguiente: “Queda estrictamente prohibido a los comerciantes en vía pública colocar o exhibir mercancía fuera del espacio asignado”.

Foto: Hugo Arciniega | Diario de Querétaro


De igual manera en el siguiente párrafo del artículo mencionado se hace hincapié: “Obstruir con mercancía o muebles que utilicen para el ejercicio de su actividad y sin permiso de la autoridad municipal, la vialidad, edificios públicos, construcciones privadas o locales comerciales; y las demás que establezca el presente Reglamento y disposiciones legales aplicables”.

Foto: Hugo Arciniega | Diario de Querétaro


Cabe recordar que es el área de inspectores del municipio quienes deberían verificar el cumplimiento de dicha normatividad; situación que en algunos casos no se cumple.

Foto: Hugo Arciniega | Diario de Querétaro

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