/ sábado 1 de septiembre de 2018

IEEQ determinó uso indebido de recursos en campaña de Vega

El Instituto Electoral del Estado de Querétaro acreditó el uso de recursos públicos con fines electorales por parte del ex candidato a la alcaldía de San Juan del Río, Guillermo Vega Guerrero, por lo que turnará el expediente al Instituto Nacional Electoral y a la Entidad Superior de Fiscalización.

Tras analizar el procedimiento IEEQ/PES/057/2018-P, Consejo General declaró existentes las violaciones relativas al uso indebido de recursos públicos y la promoción personalizada, atribuidas a Guillermo Vega Guerrero, otrora candidato a la presidencia municipal del Ayuntamiento del municipio de San Juan del Río, así como a Pacheli Isidro Demeneghi Rivero, quien se desempañaba como presidente interino del mismo ayuntamiento.

Por lo anterior se ordenó remitir copia del expediente a la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro, para que resuelva lo conducente respecto de la responsabilidad acreditada y, una vez hecho lo anterior, informe al Consejo General la determinación o, en su caso, la sanción impuesta. También se instruyó dar vista y remitir copia certificada del expediente a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE).

La consejera Yolanda Elías Calles Cantú sostuvo que cada proceso electoral tiene sus particularidades, lo que ocurrió en ese caso.

“Me queda la duda de si beneficiarias de un programa municipal incurren en faltas a la norma electoral o son susceptibles también de ser sancionadas en materia electoral; me refiero específicamente a un grupo de mujeres denominado “Las indestructibles”, beneficiarias de estos programas municipales en pro de la mujer, asistentes a esta Expo Mujer, que se llevó a cabo, ellas giraron una invitación por escrito a un candidato, la invitación llegó a las oficinas de su partido para que participara en este acto, es decir ¿Estuvo mal por parte del candidato? Y repartir ahí las porras, y me pregunto si también estuvo mal por parte de este grupo de mujeres”.

El consejero Luis Espíndola emitió voto concurrente, al determinar que no se estudió si los candidatos pueden usar eventos gubernamentales para realizar actos de proselitismo, como fue el caso.

“No está proscrito que los candidatos o partidos políticos enaltezcan los logros de alguna administración o que los contendientes o los adversarios puedan cuestionar esos logros, dado que forma parte del debate político, eso se da en el plano de la propuesta, de la propaganda”.

Como parte del procedimiento especial sancionador IEEQ/PES/064/2018-P, el Consejo General aprobó una sanción consistente en una amonestación pública, en contra del Partido Acción Nacional (PAN), por violaciones a las normas de la propaganda electoral.

Calles Cantú consideró insuficiente la sanción, toda vez que se colocó publicidad en equipamiento urbano, específicamente en dos postes de energía eléctrica, mientras que, Martín Arango, representante del partido ante el órgano comicial, sostuvo que la manta con propaganda la colocó un simpatizante, no militante del partido.

En la sesión ordinaria, también se aprobaron cinco dictámenes emitidos por la Comisión Jurídica, para actualizar la normatividad del IEEQ; se aprobó el manual de organización de la rama administrativa, los lineamientos para regular el diseño y modificación de la estructura orgánica, así como el proceso de reclutamiento y sus fuentes de selección de aspirantes a personal de la rama administrativa.

Entre los temas, se autorizó el sistema de evaluación del desempeño, así como los lineamientos que regulan las jornadas especiales de trabajo, ambos aplicables al personal administrativo.


El Instituto Electoral del Estado de Querétaro acreditó el uso de recursos públicos con fines electorales por parte del ex candidato a la alcaldía de San Juan del Río, Guillermo Vega Guerrero, por lo que turnará el expediente al Instituto Nacional Electoral y a la Entidad Superior de Fiscalización.

Tras analizar el procedimiento IEEQ/PES/057/2018-P, Consejo General declaró existentes las violaciones relativas al uso indebido de recursos públicos y la promoción personalizada, atribuidas a Guillermo Vega Guerrero, otrora candidato a la presidencia municipal del Ayuntamiento del municipio de San Juan del Río, así como a Pacheli Isidro Demeneghi Rivero, quien se desempañaba como presidente interino del mismo ayuntamiento.

Por lo anterior se ordenó remitir copia del expediente a la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro, para que resuelva lo conducente respecto de la responsabilidad acreditada y, una vez hecho lo anterior, informe al Consejo General la determinación o, en su caso, la sanción impuesta. También se instruyó dar vista y remitir copia certificada del expediente a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE).

La consejera Yolanda Elías Calles Cantú sostuvo que cada proceso electoral tiene sus particularidades, lo que ocurrió en ese caso.

“Me queda la duda de si beneficiarias de un programa municipal incurren en faltas a la norma electoral o son susceptibles también de ser sancionadas en materia electoral; me refiero específicamente a un grupo de mujeres denominado “Las indestructibles”, beneficiarias de estos programas municipales en pro de la mujer, asistentes a esta Expo Mujer, que se llevó a cabo, ellas giraron una invitación por escrito a un candidato, la invitación llegó a las oficinas de su partido para que participara en este acto, es decir ¿Estuvo mal por parte del candidato? Y repartir ahí las porras, y me pregunto si también estuvo mal por parte de este grupo de mujeres”.

El consejero Luis Espíndola emitió voto concurrente, al determinar que no se estudió si los candidatos pueden usar eventos gubernamentales para realizar actos de proselitismo, como fue el caso.

“No está proscrito que los candidatos o partidos políticos enaltezcan los logros de alguna administración o que los contendientes o los adversarios puedan cuestionar esos logros, dado que forma parte del debate político, eso se da en el plano de la propuesta, de la propaganda”.

Como parte del procedimiento especial sancionador IEEQ/PES/064/2018-P, el Consejo General aprobó una sanción consistente en una amonestación pública, en contra del Partido Acción Nacional (PAN), por violaciones a las normas de la propaganda electoral.

Calles Cantú consideró insuficiente la sanción, toda vez que se colocó publicidad en equipamiento urbano, específicamente en dos postes de energía eléctrica, mientras que, Martín Arango, representante del partido ante el órgano comicial, sostuvo que la manta con propaganda la colocó un simpatizante, no militante del partido.

En la sesión ordinaria, también se aprobaron cinco dictámenes emitidos por la Comisión Jurídica, para actualizar la normatividad del IEEQ; se aprobó el manual de organización de la rama administrativa, los lineamientos para regular el diseño y modificación de la estructura orgánica, así como el proceso de reclutamiento y sus fuentes de selección de aspirantes a personal de la rama administrativa.

Entre los temas, se autorizó el sistema de evaluación del desempeño, así como los lineamientos que regulan las jornadas especiales de trabajo, ambos aplicables al personal administrativo.


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