El coordinador general de la Unidad de Servicios para laEducación Básica del Estado de Querétaro (USEBEQ), Enrique deEchavarri Lary, dio a conocer que 18 de los 23 amparos quesolicitaron los maestros cesados en contra de la Ley General deServicio Profesional Docente y Ley General de Educación, fueronnegados, toda vez que su contenido no contraviene los derechos delos trabajadores de la educación.
“Veintitrés maestros presentaron un amparo, en tres juzgadosdiferentes el segundo, el quinto y el tercero, ya ayer nosentregaron en la noche una y hoy en la mañana una resolución delsegundo y del quinto, desechando la situación del amparo, entraréen detalles sobre que actos de ampararon y cual fue la resolucióndel juez federal, se ampararon por el posible cese de susnombramientos como docentes, el otro fue el procedimiento seguidopor su servidor con respecto a los 10 días de notificación paraque aportaran lo que a su derecho convenían y sobre el cese, o laterminación de su nombramiento entre otras cosas, los dos juecestanto el de segundo como quinto, desecharon los amparos”.
El responsable de la Educación básica del estado, abundó quelas evaluaciones obligatorias no violan los derechos humanos de losquejosos, ya que el Congreso de la Unión estableció unaestrategia razonable para lograr en la medida de lo posible, lapermanencia de los maestros en las escuelas por esta razón laaplicación de los exámenes de evaluación para el ingreso, lapromoción, reconocimiento y permanencia en el servicio profesionalcon pleno respeto a los derechos constitucionales de losmaestros.
“Los amparos fueron desechados argumentando entre otras cosas,que fueron notificados de manera personal de todas las etapas deeste proceso en el domicilio y por la persona que ellos así lohabían asignado en un documento, reiterando pues que era delconocimiento desde el principio, luego hay una parte que dice en laresolución que, de ahí que ahora si los quejosos si tuvieronconocimiento del inicio del procedimiento administrativo seguido ensu contra, aunado a que las constancias de referencia también seadvierte que han practicado notificaciones subsecuentesrelacionadas con dicho proceso de evaluación por lo tanto sedesvirtúa su carácter de terceros extraños con lo que seostentan, es decir, que ellos desde el principio conocieron lasnotificaciones para la evaluación como la reprogramación, como lanotificación para aportar lo que a su derecho convenía como lanotificación de su baja”.
Por lo anterior de Echavarri Lary dejó en claro que el hecho deque los docentes hayan recurrido a un amparo para continuar con susfunciones, da por entendido que conocían del acto que esreconocido por un Juez y tan es así que hasta el momento 18 hansido desechados.