/ lunes 26 de septiembre de 2022

Cofepris emite alerta sanitaria de productos Adaptoheal

Se les atribuyen propiedades terapéuticas y carecen de estudios que garanticen su seguridad, eficacia y calidad

La Secretaría de Salud del estado de Querétaro (Sesa), dio a conocer que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), emitió alerta sanitaria para advertir a la población que no adquiera ni consuma los productos “Adaptoheal”, a los que se les atribuyen propiedades terapéuticas ya que carecen de estudios que garanticen su seguridad, eficacia y calidad.

A través de un comunicado, se dio a conocer que dentro de las acciones de vigilancia sanitaria y evaluación de riesgos, se detectó que la marca “Adaptoheal”, cuenta con varios productos denominados que son comercializados como suplementos alimenticios, los cuales contienen ingredientes como: Equinacea purpurea, semilla de cardo mariano o Silybum marianum, arándano negro o Vaccilum uliginosum, astragalus o Astragalus membranaceus, maitake o Grifola frondosa, noni o Morinda citrifolia, y reishi o Ganoderma lucidum, que representan un riesgo a la población debido al exceso de cantidades que se encuentran en su formulación, lo anterior conforme a la tercera edición de la Farmacopea Herbolaria de los Estados Unidos Mexicanos (FHEUM).

Se detalló que a estos productos se les atribuyen propiedades terapéuticas y rehabilitadoras de forma errónea y exagerada como son efecto antitumoral, modulación del sistema inmune, acción en quistes y tumores benignos, cáncer, leucemias, linfomas, proteger a las células del daño de quimioterapia disminuyendo sus efectos secundarios, en infecciones respiratorias agudas y crónicas como rinitis, sinusitis, bronquitis, neumonía, en insuficiencia hepática, cirrosis, regenerador del hígado, en enfermedades autoinmunes como lupus, artritis reumatoide, Hashimoto, psoriasis, en insuficiencia renal, diabetes, control de glucosa en sangre, problemas oftalmológicos, entre otros.

Además, contienen ingredientes que no han sido evaluados por COFEPRIS, incumpliendo de esa forma con lo establecido en el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, en sus artículos 171 y 173.

Debido a que atribuyen beneficios para la salud señalados en la publicidad con la que se comercializan incumplen con la legislación vigente, ya que dichos efectos no corresponden a suplementos alimenticios, de conformidad con lo establecido en la fracción V del artículo 215 de la Ley General de Salud que define a los suplementos alimenticios como productos cuya finalidad es incrementar la ingesta dietética total, complementar o suplir alguno de sus componentes.

Además del artículo 22, fracción VII, del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de publicidad que señala: “La publicidad de suplementos alimenticios no deberá (…) declarar propiedades que no puedan comprobarse, o que los productos son útiles para prevenir, aliviar, tratar o curar una enfermedad, trastorno o estado fisiológico.”

Por lo anterior, Cofepris informó que hasta el momento los productos “Adaptoheal” no cuentan con estudios que garanticen la seguridad, eficacia y calidad de los ingredientes contenidos. Así mismo las condiciones sanitarias con las que son fabricados no lograron ser verificadas debido a que la información que ostentan en la etiqueta sobre el domicilio es falsa, por lo que, el uso e ingesta del producto puede representar un riesgo para la salud de la población.

La Secretaría de Salud del estado de Querétaro (Sesa), dio a conocer que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), emitió alerta sanitaria para advertir a la población que no adquiera ni consuma los productos “Adaptoheal”, a los que se les atribuyen propiedades terapéuticas ya que carecen de estudios que garanticen su seguridad, eficacia y calidad.

A través de un comunicado, se dio a conocer que dentro de las acciones de vigilancia sanitaria y evaluación de riesgos, se detectó que la marca “Adaptoheal”, cuenta con varios productos denominados que son comercializados como suplementos alimenticios, los cuales contienen ingredientes como: Equinacea purpurea, semilla de cardo mariano o Silybum marianum, arándano negro o Vaccilum uliginosum, astragalus o Astragalus membranaceus, maitake o Grifola frondosa, noni o Morinda citrifolia, y reishi o Ganoderma lucidum, que representan un riesgo a la población debido al exceso de cantidades que se encuentran en su formulación, lo anterior conforme a la tercera edición de la Farmacopea Herbolaria de los Estados Unidos Mexicanos (FHEUM).

Se detalló que a estos productos se les atribuyen propiedades terapéuticas y rehabilitadoras de forma errónea y exagerada como son efecto antitumoral, modulación del sistema inmune, acción en quistes y tumores benignos, cáncer, leucemias, linfomas, proteger a las células del daño de quimioterapia disminuyendo sus efectos secundarios, en infecciones respiratorias agudas y crónicas como rinitis, sinusitis, bronquitis, neumonía, en insuficiencia hepática, cirrosis, regenerador del hígado, en enfermedades autoinmunes como lupus, artritis reumatoide, Hashimoto, psoriasis, en insuficiencia renal, diabetes, control de glucosa en sangre, problemas oftalmológicos, entre otros.

Además, contienen ingredientes que no han sido evaluados por COFEPRIS, incumpliendo de esa forma con lo establecido en el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, en sus artículos 171 y 173.

Debido a que atribuyen beneficios para la salud señalados en la publicidad con la que se comercializan incumplen con la legislación vigente, ya que dichos efectos no corresponden a suplementos alimenticios, de conformidad con lo establecido en la fracción V del artículo 215 de la Ley General de Salud que define a los suplementos alimenticios como productos cuya finalidad es incrementar la ingesta dietética total, complementar o suplir alguno de sus componentes.

Además del artículo 22, fracción VII, del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de publicidad que señala: “La publicidad de suplementos alimenticios no deberá (…) declarar propiedades que no puedan comprobarse, o que los productos son útiles para prevenir, aliviar, tratar o curar una enfermedad, trastorno o estado fisiológico.”

Por lo anterior, Cofepris informó que hasta el momento los productos “Adaptoheal” no cuentan con estudios que garanticen la seguridad, eficacia y calidad de los ingredientes contenidos. Así mismo las condiciones sanitarias con las que son fabricados no lograron ser verificadas debido a que la información que ostentan en la etiqueta sobre el domicilio es falsa, por lo que, el uso e ingesta del producto puede representar un riesgo para la salud de la población.

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