La asociación civil Adax Digitales brinda acompañamiento jurídico en poco más de 200 casos en Querétaro, de los cuales el 80 por ciento corresponden a denuncias por violencia digital contra mujeres, es decir, son asuntos donde se puede aplicar la denominada Ley Olimpia para castigar a los responsables, dio a conocer la vocera y fundadora de dicho organismo, Mayra Dávila Alvarado.
Detalló que en lo que va del año se han abierto más de 40 carpetas de investigación, donde a las agraviadas se les brinda acompañamiento o representación jurídica. Refirió que, gracias a la asesoría legal de la asociación, durante 2022 se logró la apertura de 162 carpetas ante la Fiscalía General del Estado de Querétaro (FGE), de las cuales el 60 por ciento de ellas ya han sido judicializadas.
Reiteró que en su mayoría se trata de casos de mujeres víctimas de violencia digital, es decir, hechos donde se violó la intimidad sexual por la difusión sin consentimiento de contenido íntimo, ya sea en imágenes, videos o audios. El resto son denuncias por abuso sexual infantil y por el delito de violación.
“El año pasado cerramos con 162 casos. De esos 162 casos, la mayoría no se han cerrado, ahí seguimos en la lucha jurídica. Entonces, ahorita traemos más de 200 casos de acompañamiento y representación jurídica (…). En el ámbito penal, nosotras trabajamos con el acoso digital, que así nombraron aquí en Querétaro los legisladores pasados a la violencia digital; trabajamos abuso sexual infantil y algunos casos de violación. De todas nuestras carpetas, el 80 por ciento tienen que ver con violencia digital”, comentó.
Fue en junio de 2019 cuando Querétaro se convirtió en la cuarta entidad a nivel nacional en aprobar la denominada Ley Olimpia, una iniciativa que buscan reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, como la difusión de contenido sin consentimiento.
En aquel año, se aprobaron las reformas al Código Penal del estado en sus artículos 167 QUÁTER y 167 QUINQUIES. Este último artículo establece que se le impondrá una pena de 3 a 6 años de prisión, de 1000 a 2000 veces el valor diario de la UMA, y desde 1000 hasta 2000 veces el valor diario de la UMA por concepto de reparación del daño, “a quien sin la autorización correspondiente divulgue o amenace con difundir video o imágenes eróticas sexuales de una persona, obtenidas con o sin el consentimiento de esta”.
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Finalmente, Dávila Alvarado agregó que Adax Digitales también brindan apoyo a mujeres que cuentan con expedientes activos en juzgados por temas relacionados con patria potestad, guardia y custodia, reconocimiento de paternidad, así como pensión alimenticia.