Integrantes del Colegio de Abogados Litigantes de Querétaro A.C., capítulo San Juan del Río, participaron en el taller “Amparo indirecto”, con la finalidad de analizar la procedencia constitucional y legal del juicio de amparo directo o indirecto, impartido por el especialista en Derecho Procesal Constitucional, Armando Díaz López.
Como parte de sus distintas actividades de capacitación y actualización, este jueves el gremio de abogados litigantes sanjuanenses, reanudaron sus tradicionales sesiones para conocer a fondo la sustanciación del procedimiento, modalidades, fines y objetivos de dicho juicio constitucional, a fin de que puedan aplicar dicho aprendizaje en defensa de la esfera jurídica del gobernado.
“Este nuevo juicio de amparo tiene que ver con la reforma del 2011, tanto en juicio de amparo como en derechos humanos y efectivamente es importante saber el nuevo papel que tenemos los operadores jurídicos, y cuando hablo de operadores jurídicos, me refiero no solamente a los que estamos en el Poder Judicial, me refiero a los postulantes porque finalmente digamos en principio les corresponde a ellos proponer y ya el juez resolver, pero sería importante explicarles cuál es la función del juez dentro del juicio de amparo y cuál es la postura del abogado postulante”.
En su exposición, el especialista del Derecho Procesal Constitucional abundó que existen distintas reformas al amparo, por ello consideró que es necesario que los profesionales del Derecho se capaciten y actualicen en los aspectos teóricos y prácticos de los fundamentos constitucionales.
Aunado a todo ello, refirió que no sólo los amparos directos o indirectos han sufrido una serie de reformas, asimismo las jurisprudencias han tenido una evolución, por ello es necesario que los abogados analicen sustantiva y adjetivamente la defensa constitucional del gobernador, desarrollando la capacidad en el manejo eficaz de los casos que se les presenten durante su ejercicio profesional.
“Hay muchos derechos humanos de primera generación como se les conoce tradicionalmente que están garantizados en la Constitución, el artículo 14 dice que, nadie puede ser privado de un bien, de un derecho sin haber sido oído y vencido en juicio, pero ningún artículo de la constitución dice qué puede hacer la persona y aquí es donde debemos asesorar e informar qué se hace al respecto”.
Al finalizar el evento, los abogados participaron mediante el cuestionamiento en la materia y apoyados del especialista lograron aclarar sus dudas sobre aspectos de amparo directo e indirecto.