La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que la publicación del conductor Raúl Araiza en Twitter, durante el periodo de veda electoral, fue en ejercicio de su libertad de expresión.
El Partido Verde y Morena denunciaron al entonces candidato presidencial, Ricardo Anaya, y al conductor de televisión Raúl Araiza, por inobservar el periodo de reflexión (veda electoral), con una publicación en su cuenta de la citada red social, hecha el pasado 30 de junio.
Ambos partidos denunciaron que en el tuit supuestamente se hace un llamado al voto en favor de Anaya y de diversos partidos políticos; asimismo acusaron que el PAN, PRD y Movimiento Ciudadano no cuidaron la conducta realizada por el ciudadano.
Sin embargo, la Sala Especializada determinó que la publicación no puede considerarse propaganda electoral, ya que es la difusión de una idea u opinión de un ciudadano de relevancia pública sobre la situación política del país y no hay una propuesta de campaña o plataforma electoral.
Además, tales mensajes gozan de los principios de espontaneidad y mínima restricción, en ejercicio de su libertad de expresión, por lo que no se le puede responsabilizar por dicha conducta.