Se inicio el período de veda temporal para la pesca comercial de camarón en aguas marinas y sistemas de lagunas y estuarios de jurisdicción federal en el Golfo de México y Mar Caribe en este 2023.
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) informó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que a partir de las 00:00 horas de hoy jueves 27 de abril y hasta las 24:00 horas del 15 de agosto, se aplicará esta medida en la zona que comprende desde la frontera con los Estados Unidos en Tamaulipas, hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos, en Veracruz.
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Y desde las 00:00 horas del 1 de mayo y hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre, se dejará de capturar camarón “siete barbas” en la franja costera de los estados de Campeche y Tabasco.
En la Isla Contoy, en Quintana Roo, la veda se aplicará a partir de las 00:00 horas del 1 de junio y hasta las 24:00 del 30 de septiembre.
Y en los sistemas de lagunas y estuarios de jurisdicción federal de Golfo de México, la veda temporal se iniciará desde las 00:00 horas del 26 de mayo y hasta las 24:00 horas del 10 de julio. Comprende el área desde la frontera con Estados Unidos en Tamaulipas a la desembocadura el Río Coatzacoalcos, en Veracruz.
En Tabasco, la veda inicia a las 00:00 horas del 1 mayo a las 24:00 horas del 30 de septiembre.
La Sader indicó que el período de veda permanente se retira en las aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, en la franja marina que comprende de las 0 a las 20 millas náuticas a partir de la línea de costa desde Isla Aguada, en Campeche hasta los límites con Belice.
Se incluyen las lagunas y zonas costeras en la Península de Yucatán, con excepción de los caladeros de Contoy, en Quintana Roo.
Quienes mantengan en existencia camarón proveniente de pesca y en estado fresco, enhielado, congelado, cocido, seco o en cualquier otra forma de conservación y presentación, deberán formular inventario conforme al formato Conaspesca-01-069.
Para transportar camarón en estado vivo, fresco, entero, deshidratado, procesado, enhielado, congelado, cocido, seco o en cualquier otra forma de presentación y conservación, desde las zonas litorales y de veda, es necesario hacer inventario de manera previa y contar con la Guía de Pesca, que emite la Comisión Nacional de Pesca (Conapesca), debidamente validada.
A quienes incumplan o contravengan las disposiciones emitidas este 27 de de abril, se les aplicarán las sanciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.
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Con la veda, se busca promover el aprovechamiento sustentable de los recursos de flora y fauna acuáticos y ordenar las actividades de quienes intervienen en la pesca y establecer las condiciones para las operaciones del sector.
El Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca), previas opiniones técnicas, recomendó a la Comisión Nacional de Acualcultura y Pesca (Conapesca) los períodos de veda para todas las especies de camarón que existen en aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe.