El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), dio a conocer que los créditos hipotecarios que se solicitan ante esta institución, cuentan con seguros que protegen el patrimonio de las personas.
“Cuando sacan su crédito Infonavit para comprar una casa, su mensualidad, además del cobro de la tasa de interés incluye el pago de seguros y cuotas, con los cuales se protegerá la vivienda en caso de desastres naturales, o ayudarán a disminuir la presión financiera, en caso de que los trabajadores pierdan su empleo”.
El organismo precisó que estos seguros están orientados a daños por siniestro, desempleo (fondo de protección de pagos) o bien, por fallecimiento, en el primero de los casos, detalló que si el patrimonio de las personas sufre alguna afectación generada por una situación súbita e imprevista como un desastre natural, se le ayudará a reparar las afectaciones que haya tenido su casa o liquidar la totalidad de la deuda, en caso de pérdida total.
“Recuerden que deben estar al corriente del pago del crédito y que tienen hasta dos años para solicitarlo, a partir de la fecha en la que haya ocurrido algún siniestro, como, terremoto, erupción volcánica, deslizamiento de terreno, súbito e imprevisto, deslave, inundación, huracán, ciclón, afectación por granizo o nevadas, vientos tempestuosos, caída de árboles o bien incendio o explosión”.
El Instituto dio a conocer que si contrataron su crédito después del 2009, cuentas con el seguro de desempleo, fondo de protección de pagos, por lo que, en caso de que pierdas tu trabajo mientras estás pagando tu crédito, sólo pagarás el 10 por ciento de la mensualidad más los seguros y comisiones hasta por seis meses; el resto lo cubrirá el Infonavit con los recursos del Fondo de Protección de Pagos.
Finalmente dio a conocer que este tipo de seguros lo pueden solicitar los trabajadores hasta por seis meses cada cinco años, siempre y cuando cumplas con los siguientes requisitos, entre ellos, tener al menos un mes desempleado sin cotizar al IMSS, siempre y cuando no haya sido por pensión por incapacidad o invalidez, haber trabajado de manera formal al menos seis meses o que su crédito haya sido otorgado después de 2009.
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“El seguro por fallecimiento puede tramitarse en caso de que el titular del crédito pierda la vida sin haber concluido el pago de su financiamiento, liberando a los beneficiarios de la persona acreditada de cualquier tipo de deuda ante el Instituto, no es necesario que el crédito se encuentre al corriente en sus pagos”.